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Preguntas frecuentes
En nuestra página, en la solapa de ¿Busca Traductor? encontrará a los traductores públicos, intérpretes y peritos judiciales habilitados. Están divididos por categorías, busque en la opción que necesite.
No. Las traducciones deben ser realizadas por un matriculado de nuestro Colegio. Este se encarga de legalizar las firmas de los traductores matriculados.
Existen dos opciones:
- Legalización en papel: Abonar el importe correspondiente a la legalización mediante transferencia bancaria y enviar el comprobante de pago a tesoreria.moron@traductorespba.org. Una vez confirmado el pago, se le brindará el turno correspondiente.
- Legalización digital: Deberá enviar el comprobante de pago de la legalización a tesoreria.moron@traductorespba.org y la traducción firmada digitalmente con su respectivo documento original embebido a legalizaciones.moron@traductorespba.org. Una vez realizada la legalización digital, será enviada a su correo electrónico en un plazo de 24 horas hábiles.
No. Es necesario que el traductor esté matriculado en el Colegio para que pueda legalizar su firma.
No. El Colegio solo certifica que el traductor que realizó la traducción esté perfectamente habilitado para ejercer en la Provincia de Buenos Aires. El Colegio no hace ningún tipo de valoración sobre su contenido.
Además de cumplimentar los requisitos descritos en el artículo 26 de la Ley 12.048 y su modificatoria Ley 14.185, y las disposiciones del Reglamento de Matriculación, los titulares que soliciten la inscripción en la matrícula deberán:
- Completar personalmente una solicitud de inscripción de conformidad con la documentación presentada.
- Dejar constancia en la misma si desea que sus datos aparezcan publicados en los medios de difusión del Colegio.
- Presentar título original y fotocopia en tamaño reducido u oficio en doble faz por cada idioma en que se desee matricular.
- Acreditar identidad mediante el documento que corresponda, original y fotocopia, tanto para los argentinos como los extranjeros radicados en el país.
- Constituir domicilio legal dentro del partido de Morón.
- Abonar los derechos de matrícula y la cuota anual, ajustándose a los montos que estuvieren en vigencia en el momento de la inscripción. En caso de solicitarse la matriculación en más de un (1) idioma, deberá abonarse el derecho de matrícula por cada idioma, pero se abonará una sola cuota anual.
- Entregar una (1) fotografía tipo carnet 4×4 en color.
- Una vez que su solicitud haya sido aprobada por el Consejo Directivo, el traductor recibirá los datos e instrucciones para hacer su sello y concurrirá nuevamente a la sede para completar una ficha individual para registrarlo, junto con su firma.
No. La matriculación en cualquiera de los Colegios Regionales habilita al traductor a trabajar en toda la Provincia de Buenos Aires.
Es un trámite por el cual el matriculado de un Colegio Regional registra su sello y firma en otro/s Colegio/s Regional/es, lo que facilita que el cliente presente la documentación traducida para ser legalizada en cualquier Regional en donde el traductor tenga registrada su firma y sello.
No. Para trabajar como perito judicial en la Provincia de Buenos Aires, es necesario aprobar el Curso en Práctica Procesal para Auxiliares de la Justicia (Acordada 2728/96 SCJPBA que es dictado en nuestro Colegio así como también otro colegios profesionales) y estar matriculado en la jurisdicción (Pcia. de Bs. As.)
Es requisito indispensable contar con el título universitario en mano.
No. La gestión de la firma digital, con o sin token, es un trámite netamente personal.
En www.firmar.gob.ar encontrará las autoridades de registro habilitadas a tal fin.